Se acabó eso de comprar un patinete, sacarlo de la caja y lanzarse a la aventura sin más. El Consejo de Ministros ha dado luz verde al real decreto que regula el nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros.
Si eres de los que se desplaza en dos ruedas eléctricas, saca papel y boli, porque la normativa viene con curvas y no queremos que te multen por "despiste".
Si eres de los que se desplaza en dos ruedas eléctricas, saca papel y boli, porque la normativa viene con curvas y no queremos que te multen por "despiste".
📞 1. El Trámite: De la Sede Electrónica al Seguro
Aviso a navegantes (y a tutores legales de menores): ya no hay vuelta atrás. Para poder circular legalmente, tu VMP tiene que estar fichado en el Registro Nacional de Vehículos de la DGT.
Ojo al dato: Se estima que hay más de 4 millones de estos vehículos en España. Si necesitas ayuda, el teléfono 060 estará operativo para guiarte en el proceso.
¿Cómo es la jugada?
- Paso 1: Inscripción previa en la sede electrónica de la DGT. Es el requisito indispensable para el siguiente punto.
- Paso 2: Contratar el seguro obligatorio (sí, como los coches), según marca la Ley 5/2025.
- Paso 3: Obtener el certificado y comprar la etiqueta identificativa en un manipulador habilitado para pegarla en tu patinete.
Ojo al dato: Se estima que hay más de 4 millones de estos vehículos en España. Si necesitas ayuda, el teléfono 060 estará operativo para guiarte en el proceso.
🚦 2. ¿Tu patinete tiene "papeles" o es un superviviente?
El supuesto de la DGT divide el mundo en dos tipos de VMP, y esto es vital para saber hasta cuándo puedes usar el tuyo:
- Los "Certificados": Son los comprados después del 22 de enero de 2024. Llevan una placa de marcaje de fábrica con su número de serie y certificado. Inscribirlos es coser y cantar: metes los datos, pagas la tasa y listo.
- Los "Supervivientes" (Sin certificado): Aquellos más antiguos que no cumplen el Manual de Características. Tienen un régimen transitorio: pueden circular (previa inscripción y seguro) solo hasta el 22 de enero de 2027. Después de esa fecha, al trastero o al desguace.
⚖️ MARCO JURÍDICO Y "LA DOLOROSA" (Multas)
Para que luzcas dominio técnico en la próxima cena familiar, aquí tienes la base legal de este "frenazo" administrativo:
- Ley 5/2025, de 24 de julio: La que obliga al seguro.
- Real Decreto de enero 2026: El que activa el Registro.
- Manual de Características de los VMP: El que dice qué es seguro y qué no.
¿Y si paso de todo? 💸
- No tener seguro: entre 202 y 610 €.
- Circular sin seguro: entre 250 y 800 € (dependiendo de si el bicho pesa más de 25 kg o corre a más de 14 km/h).
🧠 LECCIÓN PARA LOS QUIZPOLER@S
Para que no te lo cuenten y puedas estudiar la norma con literalidad absoluta, te dejamos el enlace al documento oficial. Es material de oro para entender cómo se aplicará la nueva Ley del Seguro y el funcionamiento del Registro Nacional de Vehículos.
📄 [DESCARGAR PDF – NOTA DE PRENSA DGT: REGISTRO OBLIGATORIO VMP]
📄 [DESCARGAR PDF – NOTA DE PRENSA DGT: REGISTRO OBLIGATORIO VMP]
Recuerda: En los exámenes de Policía Local, un detalle sobre las fechas de entrada en vigor o la cuantía de las multas puede ser la diferencia entre la plaza y el "apto" sin plaza. ¡Domina el BOE y dominarás el supuesto!
🚀 Los quizpoler@s, arriba en el procedimiento
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👉 Porque en QuizPoL… los que entrenan, aprueban.
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